CARLOS ALBERTO INFANTE ROBLES
Con la presente investigación, me permito realizar un estudio jurídico del artículo 288 de la Constitución de la República del Ecuador que textualmente dice: 'Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se prioriza los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria, y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas.' así como, de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública cuyo Principio consagrado en el artículo 4 manifiesta que: 'Para la aplicación de esta Ley y de los contratos que de ella se deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, concurrencia, trasparencia, publicidad; y, participación nacional.'. El estudio así realizado propone incorporar artículos de Ley cuya finalidad es la de tener un Sistema de Evaluación y Calificación de Ofertas que cumplan este Principio.